Esto es lo mínimo que necesitas para responder a la Ley 21.719
Estas son las 4 cosas que hay que tener listas antes del 1 de diciembre de 2026.
La propia guía de implementación del Gobierno —pensada originalmente para orientar a los órganos públicos— traza un piso mínimo de instrumentos que cualquier organización, pública o privada, necesita para poder demostrar cumplimiento el día que la Agencia de Protección de Datos Personales empiece a fiscalizar.
"Los responsables de datos deben facilitar y mantener permanentemente a disposición del público, en su sitio web o en cualquier otro medio de información equivalente", entre otra información: la política de tratamiento, la identificación del responsable, el canal de contacto, las categorías de datos que trata, las medidas de seguridad adoptadas y los derechos que le asisten al titular.
Esto no es una recomendación de buenas prácticas: es una obligación legal explícita, exigible a toda organización que trate datos de personas en Chile, sin importar su tamaño.
Responsable y canal identificados
Nombre del responsable de datos y un medio de contacto público —correo, formulario o domicilio— por el cual cualquier persona pueda ejercer sus derechos.
Catálogo de datos que tratas
Qué categorías de datos manejas, con qué fin, con base en qué legitimidad y por cuánto tiempo los conservas. Es la base del registro de tratamiento.
Política de tratamiento publicada
Un documento único, accesible al público, que reúne fines, base legal, medidas de seguridad y el canal para ejercer derechos ARCO+.
Derechos ARCO+ visibles
Informar con claridad que el titular puede pedir acceso, rectificación, supresión, oposición y portabilidad, y que puede reclamar ante la Agencia si no respondes a tiempo.
La Secretaría de Gobierno Digital (SGD) publicó un cronograma sugerido para que los propios órganos del Estado preparen estos instrumentos. Incluso con equipos dedicados, el proceso completo toma casi un año:
Las infracciones al deber de información y transparencia se suman a la misma escala general de la ley: entre 5.000 y 20.000 UTM según gravedad (hasta USD 1,4 millones aprox.), fiscalizadas por una Agencia que puede investigar de oficio.
Si a los propios organismos públicos —con equipos dedicados y una guía oficial paso a paso— este proceso les toma cerca de un año, una empresa que hoy no tiene ni el primer instrumento parte con menos margen del que cree. El mínimo no es un techo: es el punto de partida que la Agencia va a verificar primero.
ARCO Legal convierte estos 4 mínimos en un solo panel: canal oficial, catálogo de tratamientos, política publicada y trazabilidad de cada solicitud ARCO+.
Conoce ARCO Legal →Fuentes
- Ley N° 21.719, que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales — Biblioteca del Congreso Nacional de Chile (BCN). bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1209272
- Ley N° 19.628 reformada, Artículo 14 ter, Deber de información y transparencia — Biblioteca del Congreso Nacional de Chile (BCN). bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=141599
- Secretaría de Gobierno Digital (SGD), Ministerio Secretaría General de la Presidencia — "Guía Práctica para facilitar la implementación de la nueva Ley de Protección de Datos Personales". wikiguias.digital.gob.cl
- Servicio de Impuestos Internos (SII) — Valor de la Unidad Tributaria Mensual (UTM), julio 2026. sii.cl/valores_y_fechas/utm/utm2026.htm